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22/06/15
Se colocan reductores de velocidad en la ciudad
Son varias las ordenanzas aprobadas que indican las colocaciones en distintas zonas de riesgo. Por ello varias áreas se encontrarán afectadas en su circulación por las tareas de instalación.



 

Con la sanción, promulgación y publicación de la Ordenanza 7625/15 y la 7653/15, la  Secretaría de Control Urbano informó que se encuentran en ejecución los trabajos de colocación de reductores de velocidad en las intersecciones y zonas definidas en dicha norma municipal.

Las áreas comprendidas son las siguientes:

• Ordenanza 7625/15:
1 - Sobre Avenida 40 en la intersección de calle 23 (terminado);
2 - Sobre calle 114 entre 19 y 11 (terminado);
3 - Sobre Avenida 40 entre 37 y 39 (en ejecución);
4 - Sobre calle 38 esquina Colegio Santa María y sobre calle 36 previo al Jardín 914;
5 - Sobre Avenida 1 esquina Calle 16;
6 - Sobre Avenida 1 esquina 30 bis;
7 - Zona esquina Calle 12 y 35 (Hospital).
• Ordenanza 7653/15:
Sobre calle 505 desde la vía del Ferrocarril Genera. San Martín hasta 518 (Agote).

“Con el fin de dar cumplimiento a la referida Ordenanza, las franjas en cuestión se encontrarán afectadas en su circulación por las tareas de instalación de reductores de velocidad estandarizados, con su correspondiente señalización vertical y horizontal”, indicaron.

En ese mismo sentido, los ya instalados sobre Avenida 30 en la intersección con calle 5, fueron ejecutados por imperio de la Ordenanza 7349/13, sancionada luego de un fatal accidente de moto en dicho sector y un largo clamor de los vecinos.

Importa destacar que el combate a la problemática del exceso de velocidad urbana debe canalizarse por la idea directriz de la educación, de la señalización vertical y horizontal y del control del tránsito como los únicos instrumentos idóneos para combatirla.

Sin embargo, sobre este tema, la Provincia de Buenos Aires en su Manual del Conductor, al referirse a las funciones de la vía pública, plantea una categorización binaria de la misma:

- De Circulación: medio para facilitar la movilidad rápida y suficientemente aislado de las áreas de Convivencia y Esparcimiento. Deben erradicarse los “lomos de burro” que son peligrosos para estos casos.

- De Accesibilidad: áreas de interconexión de las mencionadas anteriormente que no deben permitir la circulación rápida, siendo el único ámbito en que podrían justificarse los “lomos de burro”.

“Es en este contexto donde el Departamento Ejecutivo no participa de la tendencia a colocar indiscriminadamente reductores en la vía pública, como medio para reducir la velocidad de los vehículos; pero va de suyo que la realidad actual en las calles y avenidas de nuestra ciudad genera gran preocupación en los frentistas, vecinos y usuarios de las vías donde se cometen dichas infracciones, que exhortan a una solución aquí y ahora, implementada siempre luego de la pertinente Ordenanza municipal sancionada por el HCD”, indicaron.

“Existe plena conciencia respecto a que las circunstancias descriptas precedentemente ameritan, por razones de bien común, la adopción de medidas urgentes, excepcionales y transitorias por parte del Gobierno Municipal en ejercicio de su poder de policía, con miras a morigerar este flagelo, donde los siniestros viales ocurren más a menudo de lo deseado con cada vez mayor incidencia del factor humano, y donde con nuestras actitudes despreciamos el deber de cuidado al conducir y su consiguiente manejo defensivo”, completaron desde la comuna.

 

 

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 Noticiasmercedinas.com - Actualizado 22.06.15 2:35 PM

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