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14/07/09
Fue prorrogada la emergencia sanitaria por Gripe A y permiten actividad de más rubros
Nuevo decreto para seguir adelante con las medidas precautorias. Será hasta las 24 horas del día 20 de julio. Remarcan que el “éxito alcanzado” y la “responsabilidad” permiten la flexibilización.


 

Nuevamente se prorroga en la ciudad de Mercedes por la vía del decreto la Emergencia Sanitaria por la Gripe A. Se dio a conocer este lunes que será hasta las 24 horas del día 20 de julio.

El intendente Carlos Selva, sus funcionarios y responsables de las áreas de Salud de la ciudad dieron a conocer las novedades ante la prensa. En este sentido se indicó que se dará continuidad a las medidas que se iniciaron con la Ordenanza Nº 6726/09, que ratificó y convalidó la emergencia sanitaria en el Partido de Mercedes con motivo de la situación desatada por la propagación del virus influenza A H1N1, y los decretos Nº 452/09 y 470/2009. “Los extremos tomados en cuenta en los considerandos del Decreto 452/09  y reproducidos en su prórroga se mantienen vigentes en cuanto fundamento de tal normativa, no obstante lo cual este Departamento Ejecutivo se halla autorizado a reglamentar el desempeño de las actividades afectadas por tales normas”, se plantea.

“En razón del éxito alcanzado por las medidas adoptadas, tanto en cuanto a la responsabilidad demostrada por los sectores alcanzados por las restricciones cuanto a la garantía de vigilancia de su cumplimiento por parte de este Estado Municipal, permitió la flexibilización aludida”, se agrega.

En tanto, también se indica que la propia normativa de prórroga establece que corresponde “acotar toda medida de excepción a los límites estrictamente indispensables, propendiendo siempre a minimizar los perjuicios que la situación de excepción es susceptible de generar”.  

“En virtud de lo expuesto se considera necesario entender que la actividad de los natatorios, ciber, salas cinematográficas y teatrales del sector privado, es susceptible de ser acotada a parámetros que resguarden adecuadamente las medidas de bioseguridad para permitir el funcionamiento reducido de los mismos, teniendo en consideración las solicitudes formuladas al Departamento Ejecutivo y las recomendaciones específicas formuladas en tal sentido por el Comité de Crisis”, se concluye.

A continuación, los términos del decreto:

Artículo 1º:  Prorrógase la emergencia sanitaria en el Partido de Mercedes (Bs. As.) a partir de las 0 horas del día 14 de julio de 2009 y hasta las 24 horas del día 20 de julio de 2009.

Artículo 2º: Mantener respecto de dicha emergencia el cierre y cese de actividades por el plazo citado precedentemente de los establecimientos enunciados en el artículo 3º del Decreto Nº 470/2009, en tanto no sean objeto de especial regulación en el artículo siguiente.

Artículo 3º: Permitir el funcionamiento acotado con cumplimiento de las medidas profilácticas y de seguridad que en cada caso se indiquen de los siguientes establecimientos del ámbito privado: gimnasios y pilates –conforme Disposición de fecha 08/07/2009, la cual se considera reproducida por el presente, que prorroga su vigencia–, natatorios, cibers, salas cinematográficas y teatrales, hasta el 50% como máximo de su capacidad instalada.

Artículo 4º: La modalidad de funcionamiento de gimnasios, pilates, natatorios y cibers será en turnos de una duración máxima de una hora cada uno y con intervalos entre los mismos que permitan proceder a la limpieza de piso, baños, y desinfección de aparatos y mobiliario con solución de hipoclorito de sodio (agua lavandina) y alcohol (concentración al 70% o superior) en cada caso.- Iguales medidas de aseo deberán llevar adelante los cines y teatros entre funciones. Tales turnos deberán constar en carteles colocados en lugares visibles y serán comunicados a la Secretaría de Control Urbano de este Municipio.

Artículo 5º: El incumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente normativa acarreará la sanción de clausura.
 
Artìculo 6º: Regístrese, comuníquese, dése al presente amplia difusión en los medios locales. Notifiquese. Cumplido Archivese.

 

 

 

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