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Actualizado 5/9/07 14:03

 

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04/09/07
En la Justicia Federal de Mercedes se debe resolver importante causa por contaminación
Se trata de una demanda de la ONG “Justicia Ambiental” contra Curtarsa. Le exigen recomponer el suelo en Jáuregui y el del lecho del río Luján, así como el acuífero subterráneo.


 

Se tramita en la justicia de Mercedes una importante causa por contaminación ambiental en la que un grupo de vecinos a través de una organización no gubernamental reclama a una industria de la zona recomponer el suelo y el del lecho del río Luján, así como el acuífero subterráneo.

Conocida es la preocupación que hay en la vecina localidad de Luján por las estadísticas alarmantes de cáncer que hay en Jáuregui y de ahí que incluso se pretende la relocalización de Curtarsa, empresa enclavada en el centro de la localidad de referencia.

El doctor Sebastián San Pedro y su par Hugo Linares son los patrocinantes de la ONG ambientalista “Justicia Ambiental”, que ha iniciado ante el Juzgado Federal de Mercedes una demanda contra Curtarsa SAIC, a la que pretende se la condene a cesar la contaminación y daño a la salud que su actividad produce y la recomposición del daño ambiental ya producido.

“En el proceso se ha trabado la litis y la demandada, a contrario de la que piensa la comunidad afectada y reflejan desde hace años los medios locales y el Poder Legislativo de la Provincia, ha calificado sorprendentemente la pretensión de Justicia Ambiental como temeraria y maliciosa”, consideró el doctor Linares, e informó que si bien la ONG de referencia tiene su domicilio en la Ciudad de Buenos Aires, como toda persona jurídica puede actuar en cualquier parte de la República. “Nos llama la atención que a pesar de la intensa actividad que la comunidad de Jáuregui ha realizado contra Curtarsa y la imputación de que ha producido su actividad cáncer en la población, nunca se haya tomado el toro por las astas, o sea llevar el caso a los estrados judiciales”, marcaron los patrocinantes de “Justicia Ambiental”, ONG que actúa por derecho propio, pero a la vez con base en los artículos 41 y 43 de la Constitución Nacional que habilitan a este tipo de personas jurídicas a ejercer acciones que tienden al cese y recomposición del daño ambiental, como daño colectivo que afecta a todas las personas y al futuro.

“La contaminación que se imputa a Curtarsa SA es debida a que en su proceso industrial se utilizan diversas sustancias muy contaminantes halladas por Greenpeace en su estudio zonal y que se han precipitado al medio ambiente colindante. En especial el cromo con el que se ha contaminado tanto el suelo de la fábrica como el colindante, los cursos de agua linderos y los acuíferos”, dijo Linares sobre el caso y destacó que según la Constitución Nacional y la Ley General del Ambiente 25675, la empresa tendría que realizar las obras para recomponer tanto el suelo de su fábrica, el colindante y el del lecho del río Luján, como así también el acuífero subterráneo.

“Existe sobre el punto un importante sustento doctrinario y pronunciamientos reiterados de la jurisprudencia, lo que me permiten afirmar que la demanda es desde el punto de vista del derecho como de gestión ambiental muy sólida”, consideró el abogado de este importante caso que se tramita en el Juzgado Federal de Mercedes, en una acción que no pretende la indemnización de daños y perjuicios individuales, sino la condena al cese y recomposición referido.

La causa se tramita en el Juzgado Federal de Mercedes, Secretaría Civil, bajo el expediente “Justicia Ambiental c/ Curtarsa”. En la Secretaría Penal del mismo Juzgado y la Fiscalía Penal Federal, tramita también una investigación penal por la posible comisión de delitos en la contaminación que se atribuye a Curtarsa.

También con las papeleras
La ONG “Justicia Ambiental” es conocida por su participación en el conflicto de las papeleras. El juez federal de Concepción del Uruguay hizo lugar a un pedido de la ONG Justicia Ambiental para que se realicen relevamientos del estado ecológico en las zonas de influencia de Botnia y Ence, para tomar registros de la calidad del agua, el suelo, flora y fauna y datos sobre el movimiento turístico de la zona, antes de que las pasteras entrasen en actividad.

 

 

 

 

 

 

 
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